Servidores públicos que completen esquema de vacunación tendrán un día libre
01 de Diciembre de 2021
La exigencia del carné de vacunación contra el covid-19 o su correspondiente certificado digital, disponible en el link: mivacuna.sispro.gov.co, en el que se evidencie el esquema de vacunación completo (mínimo dos dosis), como requisito de ingreso para las actividades ya reglamentadas, entrará en vigencia a partir del 14 de diciembre del 2021 para mayores de 18 años y desde el 28 de diciembre para mayores de 12 años.
El Ministerio de Salud, en coordinación con el Ministerio del Interior, podrá ampliar esta medida a otras actividades o sectores, de acuerdo con la evolución de la pandemia y el avance del Plan nacional de vacunación. (Lea: ¿En qué lugares será exigido el carné o certificado de vacunación y dónde descargarlo?)
Incentivo
La norma contempla que el Gobierno dará un día libre en el primer trimestre del 2022 a los servidores públicos y trabajadores oficiales que en el mes de diciembre completen sus esquemas de vacunación o apliquen dosis de refuerzo en los tiempos y ciclos establecidos por el Ministerio de Salud. Así mismo, el Ejecutivo insta al sector privado a unirse a esta estrategia. (Lea: ¿Sabe qué combinaciones de vacunas contra el covid-19 puede recibir como tercera dosis?)
En cuanto a criterios y condiciones para el desarrollo de las actividades bajo esquemas de vacunación completos se indica que se deberán realizar de acuerdo con el siguiente criterio:
- Todo evento presencial de carácter público o privado que implique asistencia masiva a bares, gastrobares, restaurantes, cines, discotecas, lugares de baile, conciertos, casinos, bingos y actividades de ocio, así como escenarios deportivos, parques de diversiones y temáticos, museos y ferias deberá exigir sin excepción el carné de vacunación con esquema completo. Los aforos podrán ser del 100 % de acomodación cuando se cumpla con este criterio y condición.
Por otra parte, se expidió un nuevo decreto con el cual se mantiene la fase de aislamiento selectivo, distanciamiento individual responsable y reactivación económica segura hasta las cero horas del 1º de marzo del 2022 y deroga el Decreto 1026, del 31 de agosto del 2021. (Lea: ¿Cuál será la nueva realidad de los trabajadores después del covid-19?)
Los alcaldes en los municipios y distritos con ocupación de UCI superior al 85 %, previo concepto del Minsalud y con la debida autorización del Ministerio del Interior, podrán adoptar las medidas pertinentes para el control y manejo de la pandemia.
Finalmente, se advierte que en ningún municipio con ocupación de cuidados intensivos superior al 85 % se podrán habilitar espacios o actividades presenciales como eventos de carácter público o privado que impliquen asistencia masiva de personas.
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