22 de Noviembre de 2024 /
Actualizado hace 32 segundos | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / General


Aprueban acceso gratuito a gas en viviendas de interés social y prioritario

06 de Junio de 2024

Reproducir
Nota:
189806

La plenaria de la Cámara de Representantes aprobó en último debate el proyecto de ley 231/22S-349/24C, que garantiza el acceso al servicio público domiciliario esencial de gas natural en nuevas viviendas de interés social (VIS) y de interés prioritario (VIP).

“El uso de gas reduce considerablemente las emisiones de gases de efecto invernadero, mejorando la calidad del aire en comparación con otros combustibles fósiles. Además, el gas sirve como una fuente de energía flexible y de respaldo para las energías renovables, permitiendo una transición gradual y estable hacia una matriz energética más sostenible y limpia”, aseguró la representante Carolina Arbeláez, autora del proyecto de ley.

Según explicó la congresista, en Colombia, 1,5 millones de hogares aún utilizan leña, una práctica que tiene graves repercusiones para la salud pública. “La exposición prolongada al carbón, madera y desechos aumenta el riesgo de enfermedades respiratorias, afectando especialmente a mujeres, niños y adultos mayores. La aprobación de esta ley contribuirá a la disminución de la incidencia de cáncer de pulmón y enfermedades cardíacas, que se incrementan anualmente debido al uso de leña para cocinar”, continuó. (Lea: Establecen condiciones financieras de la línea de crédito para promover vivienda VIS y VIP)

La iniciativa pasará a sanción presidencial y buscará convertirse en una herramienta fundamental para promover el bienestar y la salud, especialmente aquellos en situación de pobreza y los propietarios de viviendas de interés prioritario (VIP) y de interés social (VIS).

Gracias por leernos. Si le gusta estar informado, suscríbase y acceda a todas nuestras noticias y documentos sin límites.

Paute en Ámbito Jurídico

Siga nuestro canal en WhatsApp.

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)