01 de Noviembre de 2024 /
Actualizado hace 7 horas | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / General


Revisión técnico-mecánica cada cinco años para vehículos nuevos particulares aplica a partir de la Ley 2294 del 2023

05 de Diciembre de 2023

Reproducir
Nota:
169185
Imagen
Revisión técnico-mecánica cada cinco años para vehículos nuevos particulares aplica a partir de la Ley 2294 del 2023 (Juan Rivadeneira)

El artículo 52 de la Ley 769 del 2002, modificado por el artículo 372 de la Ley 2294 del 2023 (Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026), rige a partir de su publicación, por lo que los vehículos nuevos particulares (excepto motocicletas y similares) matriculados con posterioridad a su entrada en vigencia, es decir, 19 de mayo del 2023, se someterán a la primera revisión técnico-mecánica y de emisiones contaminantes a partir del quinto año de su matrícula en el registro nacional automotor.

Esta modificación no contempló de manera expresa efectos retroactivos en cuanto a la aplicación de la primera revisión técnico-mecánica para vehículos matriculados con anterioridad a la vigencia de la ley mencionada. Sin embargo, el Ministerio de Transporte indicó que está revisando la posibilidad de realizar una reglamentación sobre el particular.

La Ley 2294 del 2023 centró sus bases en unos ejes de transformación, siendo el segundo la seguridad humana y justicia social, cuyo fin es la transformación de la política social para la adaptación y mitigación del riesgo, lo cual integra la protección de la vida con la seguridad jurídica e institucional, así como la seguridad económica y social.

Entre uno de sus pilares está el fortalecimiento de la seguridad vial para la protección de la vida, donde se definen los planes de acción para mitigar los riesgos que impactan la seguridad vial, siendo necesario reducir el plazo de la primera revisión técnico–mecánica y de emisiones contaminantes a cinco años para vehículos nuevos de servicio particular.

Gracias por leernos. Si le gusta estar informado, suscríbase y acceda a todas nuestras noticias y documentos sin límites. www.ambitojuridico.com/suscribete.

Paute en www.ambitojuridico.com/paute-aqui.

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)