Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.


Restricción del derecho a la huelga de establecimientos de beneficencia solo aplica a los que atiendan necesidades básicas de sujetos de protección constitucional (10:56 a.m.)

79188

24 de Febrero de 2012

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

La Corte Constitucional condicionó la exequibilidad del literal d) del artículo 1º del Decreto Extraordinario 753 de 1956, que sustituyó el artículo 430 del Código Sustantivo del Trabajo, para que se entienda que el derecho de huelga solo se restringe en aquellos establecimientos de asistencia social, caridad y beneficencia que atiendan necesidades básicas de sujetos de especial protección constitucional. Dichas instituciones, según el alto tribunal, realizan actividades que corresponden al concepto de servicio público esencial, al contribuir de modo directo y concreto a la protección de bienes o a la satisfacción de intereses o a la realización de valores, ligados con el respeto, vigencia, ejercicio y efectividad de los derechos y libertades fundamentales. En la decisión, la Sala explicó que uno de los criterios fundamentales para determinar la esencialidad de un servicio es el perjuicio o el peligro que se causaría a un sector de la población su interrupción. Los magistrados María Victoria Calle y Jorge Iván Palacio aclararon su voto (M. P. Jorge Ignacio Pretelt).

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)