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Rendir informes es esencial para el seguimiento de la gestión judicial

La Comisión Nacional de Disciplina Judicial resaltó que incumplir con este deber afecta la función pública de administración de justicia.
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30 de Noviembre de 2022

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Se originó una actuación disciplinaria por la compulsa de copias contra un juzgado civil del circuito que solo reportó la información correspondiente al primer trimestre del año, lo que indica más de un año de retraso en cargar el resto de la información. Ante esto se realizaron múltiples requerimientos al titular del juzgado, pero continuó sin cumplir con su deber.

Afectación de la administración de justicia

La Comisión Nacional de Disciplina Judicial (CNDJ) no aceptó los argumentos del disciplinable, que se defendió afirmando que con su conducta no generó afectación a la función pública, pues si bien es cierto el juez continuó ejerciendo sus funciones judiciales la rendición de informes estadísticos permite hacer seguimiento puntual de la gestión judicial, y precisamente a través de los datos que allí se obtengan permiten desplegar múltiples decisiones a nivel misional e informativo para la adecuada planeación y puesta en marcha de los planes de descongestión, con el fortalecimiento de las plantas de personal.

Esta situación, agregó la Sala, generó una perturbación en el servicio que se traduce en el desconocimiento que tuvo el Consejo Superior de la Judicatura sobre la realidad que vivía el juzgado, al no poder realizar una estimación cuantitativa, ni cualitativa de la clase y número de procesos que desde el año 2016 estaba tramitando, solo siendo ello posible luego de la imposición de una calificación insatisfactoria, después de haber ignorado tres requerimientos.

La sanción

La CNDJ confirmó la sentencia mediante la cual declaró disciplinariamente responsable al disciplinado, en su calidad de juez, imponiéndole una sanción de un mes de suspensión (M. P. Diana Marina Vélez Vásquez).

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