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Sala Constitucional de Costa Rica suspende aplicación de “Ley Mordaza”

La norma, aprobada en junio pasado, castiga con prisión de cuatro a ocho años a quien procure u obtenga indebidamente informaciones secretas políticas.
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28 de Noviembre de 2012

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La Sala Constitucional  de la Corte Suprema de Justicia de Costa Rica dio trámite a una de las dos acciones de inconstitucionalidad presentadas contra la Ley de Delitos Informáticos (Ley 9048 del 2012), conocida como “Ley Mordaza”.

 

La demanda, contenida en el Expediente 14671-0007, promovido por el periodista Randall Rivera, alega que incluir el verbo “obtener” en el artículo 288  del Código Penal crea un riesgo objetivo y concreto para quienes ejercen el periodismo investigativo, y una protección desproporcionada al secreto político, que difiere de los secretos de Estado o de seguridad nacional.

 

Rivera acusa a la Ley de Delitos Informáticos de ir en contravía de las disposiciones constitucionales sobre acceso a información pública. Por lo anterior, la Sala Constitucional ordenó la suspensión temporal de la  aplicación de esta norma, hasta que el juez constitucional costarricense decida de fondo.

 

La norma demandada

La Ley 9048 reforma varios artículos del Código Penal referentes a los delitos informáticos y conexos. 

 

Esta norma, aprobada en junio pasado, castiga con prisión de cuatro a ocho años a quien procure u obtenga indebidamente informaciones secretas políticas o de los cuerpos de policía nacionales o de seguridad concernientes, a los medios de defensa o a las relaciones exteriores de la Nación, o afecte la lucha contra el narcotráfico o el crimen organizado.

 

La legislación anterior no incluía la información secreta política como bien jurídico tutelado por el tipo penal de espionaje.

 

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