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Régimen salarial y prestacional de empleados del orden nacional no se puede aplicar a los del orden territorial, por falta de competencia: Procuraduría (9:53 a.m.)

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13 de Octubre de 2010

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La expresión “del orden nacional”, contenida en el artículo 1º del Decreto Ley 1042 de 1978, que establece y reconoce ciertos factores salariales a los servidores de este orden, no puede incluir a los del orden territorial, pues la fijación del régimen de los servidores territoriales es competencia de las autoridades administrativas territoriales y no de las nacionales. Así lo señaló la Procuraduría General al solicitarle a la Corte Constitucional que declare exequible dicho aparte, demandado para que se entendiera que los mismos factores salariales debían ser aplicados a los funcionarios del orden territorial.

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