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Publicación de informes de auditoría externa a empresas de servicios públicos depende de la existencia de medios (4:03 p.m.)

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26 de Julio de 2016

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La publicación de las evaluaciones que los auditores externos de gestión y resultados hacen de las empresas de servicios públicos es obligatoria, en virtud de lo previsto en el artículo 53 de la Ley 142 de 1994, siempre que existan en el territorio donde se presta el servicio de medios masivos de comunicación, tales como periódico, radio y televisión, con el fin de que sea difundida ampliamente a la comunidad. Así lo precisó la Superintendencia de Servicios Públicos, en reciente concepto. 

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