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Procuraduría pide estarse a lo resuelto en expedientes que declararon exequible sanción por resistirse a controles de alcoholemia (8:20 a.m.)

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12 de Noviembre de 2014

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La Procuraduría insistió en la constitucionalidad de la norma que impone suspensión de la licencia de conducción de entre 5 y 10 años para quien se niegue a practicarse una prueba de alcoholemia o alguna otra propia de los dispositivos de control que estén a cargo de las autoridades de tránsito (artículo 1º de la Ley 1548 del 2012, que modifica el parágrafo 3º del artículo 152 de la Ley 169 del 2002). En concepto rendido ante la Corte Constitucional, pidió estarse a lo resuelto en los expedientes D-10081, D-10083 y D-10095, en los cuales el organismo de control arribó a esta misma conclusión que, dicho sea de paso, fue aceptada por ese alto tribunal en la Sentencia C-633 del 2014, dado que allí la norma fue declarada como ajustada a la Constitución. La ponencia corresponde al magistrado Mauricio González.

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