Falta de investigación en desviación de consumo puede dar lugar a la errónea aplicación de la Resolución CREG 29 del 2016 (1:10 p.m.)
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22 de Julio de 2016
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Un incremento de consumo en el servicio de energía, como el que puede registrarse en el momento en que un inmueble desocupado pasa a ser habitado, puede configurar una desviación significativa que el prestador debe verificar mediante una visita antes de proceder a facturar, ya que, además, puede presentarse la errónea aplicación de la Resolución CREG 29 del 2016, por la cual se estableció un mecanismo de promoción de ahorro voluntario de energía. El funcionamiento de esta medida de regulación se resume como la aplicación tarifas diferenciales a los usuarios cuando quiera que cumplan o incumplan con la meta de ahorro planteada, lo que se reflejará como una tarifa menor o mayor, según corresponda, indicó la Superintendencia de Servicios Públicos. De acuerdo con lo previsto en el artículo 154 de la Ley 142 de 1994, existe un procedimiento legal para la defensa del usuario, que consiste en la presentación de la reclamación ante la empresa antes de que se cumplan cinco meses de haber sido expedida y luego, teniendo en cuenta la respuesta empresarial, interponer los recursos de reposición y apelación. En dicha reclamación debe explicar el hecho del cambio de habitación del inmueble y la falta de investigación por desviación significativa.
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