24 de Julio de 2024 /
Actualizado hace 2 horas | ISSN: 2805-6396

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Confirman sanción a juez que insultó a sus compañeros faltando al deber de trato cortés

24 de Julio de 2024

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Confirman sanción a juez que insultó a sus compañeros faltando al deber de trato cortés (Bigstock)

La Comisión Nacional de Disciplina Judicial confirmó una decisión proferida por la seccional Caquetá mediante la cual se declaró disciplinariamente responsable a un juez que maltrató verbalmente a sus compañeros de trabajo, incurriendo en falta disciplinaria calificada como leve a título de dolo, por lo que se le impuso una sanción de multa de 10 días de salario devengados al momento de la comisión de la falta.

De acuerdo con los hechos, el cuestionado se acercó a otro despacho para reclamar por la presunta manipulación en el reparto de procesos, al no encontrar a su homologo insultó a los funcionarios presentes, lo cual implica la trasgresión del deber contemplado en el numeral 3 del artículo 153 de la Ley 270 de 1996, que impone a los funcionarios dar un tratamiento cortés a sus compañeros y a sus subordinados, actuación contraria del investigado que constituye el motivo de reproche.

Contrario a lo indicado por el recurrente, la primera instancia identificó procesalmente que el investigado entró al despacho en cuestión y pronunció palabras soeces constitutivas de insulto hacia los funcionarios que en ese momento estaban en el despacho, a quienes les manifestó de manera grosera y altanera fuertes vocablos con el ánimo de ofenderlos.

Se llegó a esta conclusión luego de realizar un amplísimo recaudo probatorio, especialmente testimonial, de modo que los testigos directos de los hechos coincidieron estructuralmente en sus argumentos y el relato de los mismos, sin que se pudiera determinar que hubieren faltado a la verdad o que sean testigos con unidad de propósito, ya que realizaron sus declaraciones bajo la gravedad de juramento y no existen elementos para desistir de esos elementos probatorios.

El alto tribunal recordó que, conforme con el sistema probatorio, el juez a cargo de la investigación disciplinaria debe realizar una apreciación conjunta de los medios de prueba, de acuerdo con las reglas de la sana crítica y, para proferir el fallo, ese análisis debe conducir al funcionario a la certeza sobre la existencia de la falta. El funcionario cometió una falta leve dolosa, ya que el investigado tenía plena conciencia de la forma en que debía actuar, por lo que se impone multa (M. P. Julio Andrés Sampedro Arrubla).

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