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Oficializan fallo que declaró inexequible la posibilidad de excluir a los concejos municipales de la adopción de macroproyectos de interés social nacional (5:11 p.m.)

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02 de Agosto de 2010

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Los concejos municipales y distritales son los encargados de regular el uso del suelo, por lo que no pueden ser excluidos de los procesos de adopción de los macroproyectos de interés social nacional (MISN). Así lo señaló la Corte Constitucional en el fallo dado a conocer recientemente que declaró inexequible el artículo 79 de la Ley 1151 del 2007. La sala señaló que la posibilidad que brindaba la norma de modificar los planes de ordenamiento territorial a través de los MISN generaba inseguridad jurídica, pues mediante actos administrativos de autoridades nacionales no se pueden irrespetar las competencias asignadas a las autoridades locales, sería tanto como permitir que la Ley del Plan Nacional de Desarrollo sea utilizada para vaciar de competencias al legislador ordinario. La corte aclaró que las consecuencias de la inexequibilidad se aplicarán para nuevos megaproyectos y no para los que se encontraban en curso al 4 de marzo, es decir, no para aquellos que se encontraban en alguna de las etapas de identificación y determinación; formulación, adopción o ejecución (M. P. Jorge Iván Palacio Palacio).

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