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Notarios separados de su cargo por presentar documentos falsos deben ser sujetos a proceso disciplinario (9:53 a.m.)

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03 de Diciembre de 2010

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Los nominadores de los notarios titulares o en provisionalidad podrán, en cualquier momento, de oficio o a solicitud del Ministerio Público, de la autoridad de vigilancia notarial o de cualquier persona, ejercer la facultad que la ley les otorga para separar del cargo a quienes participaron en el concurso con documentación falsa para acreditar requisitos. Así lo señaló la Corte Constitucional al declarar exequible el artículo 143 del Decreto Ley 960 de 1970. Sin embargo, el presidente del alto tribunal, Mauricio González, explicó que al sancionado se le debe adelantar un proceso disciplinario y será la decisión de dicha investigación la que determinará si se mantiene o no la sanción.

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