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Actualizado hace 41 minutos | ISSN: 2805-6396

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Estas son las nuevas tarifas de trámites ante oficinas de registro de instrumentos públicos

18 de Enero de 2012

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Nota:
27453

Mediante la Resolución 175 del 2012, la Superintendencia de Notariado y Registro autorizó un incremento del 3,73 % (inflación del año 2011) en las tarifas de los derechos por concepto de la función registral.

 

Las nuevas tarifas por la inscripción de títulos, actos y documentos sujetos a registro serán las siguientes:

  • 15.280 pesos, por cada acto que, por su naturaleza, carezca de cuantía en el documento objeto de inscripción. Además, se cancelarán 2.360 pesos, por cada folio de matrícula adicional en el que deba inscribirse el documento. 
  • A los actos o negocios jurídicos con cuantía se les aplicará la tarifa del cinco por mil, sin que el valor total sea inferior a 15.280 pesos. 
  • Cuando la cuantía del acto consignada en el documento sea inferior al avalúo catastral o al autoavalúo, los derechos registrales se liquidarán con base en estos últimos, según el caso. 
  • 2.360 pesos, por cada matrícula que deba abrirse. 
  • 15.280, por la inscripción o revocatoria de testamentos.

Para la liquidación de los derechos registrales, la norma considera actos sin cuantía, entre otros, la constitución o la cancelación del reglamento de propiedad horizontal, el régimen de copropiedad, el englobe, el desenglobe, el loteo o reloteo, el patrimonio de familia, la afectación a vivienda familiar, el usufructo y las escrituras de corrección de errores, aclaraciones y adiciones.

 

De otro lado, la expedición de copias de documentos inscritos, resoluciones, actuaciones administrativas u otro acto que repose en los archivos causará los siguientes derechos:

  • 940 pesos, por cada página reproducida de documentos almacenados en medio óptico o microfilmado.
  • 590 pesos, por cada página fotocopiada de documentos que reposen en los archivos físicos.
  • 12.930 pesos, por cada certificado de tradición y libertad.

Estos valores se aproximarán a la centena más cercana, para facilitar su recaudo y contabilización.

 

El pago lo efectuará el interesado, al solicitar el servicio. Cuando la inscripción deba realizarse en diferentes círculos registrales, todos los derechos podrán cancelarse en la oficina donde se solicite el primer servicio.

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