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Norma que prohíbe exigir requisitos adicionales para autorizar licencias ambientales podría ser inconstitucional

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01 de Octubre de 2020

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La Corte Constitucional admitió una demanda de inconstitucionalidad contra varias expresiones del artículo 125 del Decreto Ley 2109 del 2019, que dictó normas para simplificar, suprimir y reformar trámites, procesos y procedimientos innecesarios existentes en la administración pública. El artículo aludido señala los requisitos únicos del permiso o licencia ambiental y las expresiones atacadas precisan: “En consecuencia, las autoridades ambientales no podrán exigir requisitos adicionales a los previstos en el Decreto Ley 2811 de 1974, Ley 99 de 1993 y demás disposiciones reglamentarias en materia ambiental”. “PARÁGRAFO 1o. En ningún caso por vía reglamentaria podrá facultarse a las autoridades ambientales”. Según el accionante, la norma demandada desconoce la estructura misma del Estado colombiano, toda vez que prohíbe que las entidades regionales generen normativas o reglamentaciones más específicas que las nacionales. Igualmente, indicó que esas expresiones invaden el campo propio de las corporaciones autónomas regionales (CAR) y de las entidades territoriales, al prohibir que reglamenten los lineamientos nacionales (demandante: Edwin Novoa Álvarez). 

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