Modelo Estándar de Control Interno debe ser implementado por las empresas prestadoras de servicios públicos mixtas y privadas (8:05 a.m.)
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23 de Julio de 2010
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El Modelo Estándar de Control Interno (MECI), adoptado mediante Decreto 1599 del 2005, debe ser implementado por las empresas prestadoras de servicios públicos mixtas y privadas con cualquier porcentaje de participación pública. Así mismo, el sistema de gestión de calidad en la Rama Ejecutiva, creado por la Ley 872 del 2003. Lo anterior, teniendo en cuenta que la Ley 87 de 1993, por la cual se establecen normas para el ejercicio del control interno en las entidades y organismo del Estado, en su artículo 5º prevé su aplicación para todos los organismos y entidades de las ramas del poder público, en sus diferentes órdenes y niveles. Así lo preciso la Superintendencia de Sociedades, en concepto de junio.
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