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Minsalud modifica tarifas aplicables a población afiliada al régimen subsidiado mediante contribución solidaria

Los montos a pagar por núcleo familiar corresponderán a la suma de las tarifas de cada uno de sus miembros mayores de edad y quedará a cargo de la persona cabeza de familia, quien deberá aceptará el pago.
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09 de Junio de 2022

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Teniendo en cuenta las recomendaciones contenidas en el Documento Conpes 3877/16, en el que Departamento Nacional de Planeación implementó la nueva versión del Sisbén, el Ministerio de Salud modificó las tarifas aplicables a la población afiliada a través del mecanismo de contribución solidaria al régimen subsidiado.

La normativa ofrece a las entidades nacionales y territoriales insumos funcionales para la identificación de la población beneficiaria de los programas sociales y la formulación de la política pública, está dirigida a:

  • Población clasificada como no pobre, no vulnerable (grupo D metodología Sisbén IV).
  • La Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud — ADRES.
  • Las entidades promotoras de salud - EPS.
  • Los operadores de la planilla integrada de liquidación de aportes — PILA.
  • Las entidades territoriales del orden municipal, distrital y departamental para aquellos territorios no municipalizados.

Los afiliados al régimen subsidiado mediante el mecanismo de contribución solidaria pagarán mensualmente, con base en el porcentaje de la UPC, una tarifa de acuerdo con la siguiente clasificación:

Subgrupos Sisbén IV

Valor tarifa

D1 a D3

2,5 % del valor de la UPC-S anual del Régimen subsidiado

D4 a D7

3,7 % del valor de la UPC-S anual del Régimen Subsidiado

D8 a D14

5,5 % del valor de la UPC-S anual del Régimen Subsidiado

D15 a D20

8,3 % del valor de la UPC-S anual del Régimen Subsidiado

D21

11 % del valor de la UPC-S anual del Régimen Subsidiado

Es importante mencionar que en cuanto al monto a pagar por núcleo familiar corresponderá a la suma de las tarifas de cada uno de sus miembros mayores de edad y será realizado por el miembro cabeza de familia, quien aceptará el pago de la tarifa a través del sistema de afiliación transaccional (SAT) o en el formulario de afiliación y novedades del Sistema General de Seguridad Social en Salud.

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