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Ministerio Público pide constitucionalidad de Ley de Víctimas (11:02 a.m.)

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03 de Julio de 2012

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Considerar víctimas a las personas que de forma individual o colectiva hayan sufrido daños como consecuencia de infracciones al derecho internacional humanitario o violación a los derechos humanos con ocasión del conflicto armado interno no vulnera la Constitución Política. Así lo consideró la Procuraduría General de la Nación al solicitar a la Corte Constitucional que declare exequible el artículo 3 de la Ley 1448 de 2011, por la cual se dictan medidas de atención, asistencia y reparación integral a las víctimas del conflicto armado interno. Según el Ministerio Público, el objeto de la ley no vulnera el derecho a la igualdad de las víctimas, ya que en sí misma no discrimina a ninguna persona.

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