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Hacen modificaciones técnicas al reglamento de etiquetado con fines de uso racional de energía (8:54 a.m.)

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12 de Octubre de 2016

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El Ministerio de Minas, dentro de sus facultades de líder normalizador del reglamento técnico de etiquetado (Retiq), el cual está constituido por la Resolución 41012 del 2015 y su anexo técnico general, fijó medidas tendientes a fomentar el uso racional y eficiente de la energía (URE) en productos que usan energía eléctrica y gas combustible, mediante el establecimiento y uso obligatorio de etiquetas que informen sobre el desempeño de los equipos en términos de consumo energético e indicadores de eficiencia. Ahora, el ministerio modificó algunos puntos técnicos necesarios para fortalecer el cumplimiento de la norma por parte de los productores e importadores a través de la Resolución 40947 del 2016, con la cual deroga y suspende temporalmente requisitos del anexo general. Por ejemplo, suspende hasta que se expida una resolución modificatoria que incluya las condiciones particulares de etiquetado tres incisos dispuestos en el literal b) del numeral 6.2 del anexo. También derogó el numeral 6.5.7 del mismo, el cual está relacionado con el rotulado de los embalajes. Suspende el etiquetado del nivel de presión sonora o presión de sonido a 1 metro, dispuesto en los numerales 7.2 y 8.2 del anexo en mención, hasta que la una nueva norma incluya las condiciones particulares  de ensayo y oportunidad para su realización.

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