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Anulan normas que fijaban el sorteo como mecanismo para determinar la prelación en las propuestas de contratos de concesión minera (9:29 a.m.)

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08 de Marzo de 2010

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El Consejo de Estado declaró la nulidad del Decreto 1160 del 2006 y de la Resolución 180986 del mismo año, expedida por el Ministerio de Minas y Energía, que fijaban el proceso de adjudicación en caso de empate en la presentación de las propuestas de contratos de concesión minera. Según la Sección Tercera, la imposición de condicionamientos que no estaban exigidos por las nomas legales vulnera el principio de jerarquía normativa y el debido proceso. La sala explicó que existe el principio de “primero en el tiempo, primero en el derecho”, de tal forma que consagrar un mecanismo de desempate, por sorteo, entre las solicitudes presentadas en un término de 30 minutos afecta la legalidad del proceso, pues el Ejecutivo no puede cambiar las reglas de juego fijadas por el Legislativo bajo el argumento de desarrollarlas. Añadió que el artículo 16 de la Ley 685 del 2001 otorga el derecho de prelación a la primera solicitud realizada (C. P. Enrique Gil Botero).

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