11 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 5 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / General


Medidas sobre planeación integral de salud a cargo de entidades territoriales

25 de Enero de 2024

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Nota:
170363

El Ministerio de Salud expidió la Resolución 100, que establece las disposiciones sobre la planeación integral para la salud a cargo de las entidades territoriales del orden departamental, distrital y municipal, así como las responsabilidades de los actores del sistema general de seguridad social en salud en este proceso, propendiendo por garantizar el derecho fundamental a la salud en los territorios, bajo el marco del plan decenal de salud pública 2022-2031. 

La planeación integral para la salud se define como un proceso estratégico y operativo para la garantía del derecho fundamental a la salud en los territorios, que permite a las entidades territoriales definir las acciones de formulación, implementación, monitoreo, evaluación y rendición de cuentas del plan territorial de salud bajo los principios y elementos establecidos en la Ley 1751 del 2015, estatutaria de salud, y demás normas concordantes. (Lea: Gobierno implementaría el plan territorial de salud). 

En este contexto, estos son algunos de los propósitos de la planeación integral para la salud: 

i) Fortalecer la gobernabilidad y gobernanza democrática de la salud. 

ii) Identificar e intervenir las inequidades en salud. 

iii) Definir acciones para la adaptación, mitigación y reducción de los efectos del cambio climático y la prevención y atención de las emergencias y desastres en el territorio. 

iv) Aportar en la garantía de la implementación del modelo de salud preventivo y predictivo fundamentado en la atención primaria en salud en los departamentos, distritos y municipios teniendo en cuenta la conformación de redes integradas de servicios de salud. 

En este sentido, la norma establece que son responsables de la  planeación integral para la salud en el territorio: el alcalde o gobernador, asambleas departamentales, concejos municipales y distritales, la secretaría, departamento administrativo u oficina de planeación o el consejo territorial de seguridad social en salud o quien haga sus veces. 

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