Limitan derechos de funcionarios de carrera a ocupar cargos en comisión (4:25 p.m.)
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15 de Diciembre de 2014
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El Consejo de Estado anuló parte de la norma que permite que funcionarios de carrera que han permanecido en comisión en plazas de libre nombramiento y remoción puedan acceder a una nueva luego de los seis años que, como máximo, puede durar la citada comisión (artículo 1º parcial del Decreto 2809 de 2010). Esto en atención a que el artículo 26 de la Ley 909 del 2004 indica que, en todo caso, este permiso temporal para desempeñarse en otro cargo o la suma de ellos no puede exceder los seis años. Las demás condiciones de la norma fueron declaradas legales, luego de que la Sala considerara que tienen en cuenta exactamente las mismas exigencias y consecuencias que advierte la legislación originaria del texto demandado, una de ellas la desvinculación del funcionario que no se reintegre al cargo de carrera una vez cumplido el plazo máximo de la comisión (C. P. Alfonso Vargas).
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