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Ley 1116 permite a los entes territoriales tramitar hasta dos veces un acuerdo de reestructuración (2:45 p.m.)

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22 de Agosto de 2012

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Las entidades territoriales tienen hasta dos oportunidades para tramitar el acuerdo de reestructuración previsto en la Ley 550 de 1999, siempre que en la primera oportunidad el trámite haya iniciado antes de junio del 2007, fecha en que entró en vigencia la Ley 1116 del 2006 (Ley de insolvencia empresarial), y su fracaso se haya originado por inviabilidad económica o porque el promotor no recibió oportunamente la información respectiva, indicó la Superintendencia de Sociedades. El artículo 125 de la Ley 1116 del 2006 estableció la excepción para los entes territoriales, con el fin de que estos pudieran reorganizar la atención de sus acreencias, a través de esta modalidad.

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