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Tribunal Europeo de Derechos Humanos condena a Francia por caso de trabajo forzado

La prohibición del trabajo forzado es uno de los valores básicos de las sociedades democráticas, y la obligación de combatirlo no admite excepciones.
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17 de Octubre de 2012

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El Estado francés ha incumplido sus obligaciones para combatir el trabajo forzado, advirtió el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, en sentencia del pasado 11 de octubre.

 

De esta manera, la instancia internacional resolvió una demanda de dos hermanos huérfanos que llegaron a Francia tras el asesinato de sus padres, en Burundi, durante la guerra civil de 1993.

 

Los demandantes fueron alojados en el sótano de la casa de sus tíos, quienes, en ese momento, contaban con inmunidad diplomática.  Allí fueron obligados a realizar todo tipo de tareas domésticas, sin remuneración ni días de descanso, bajo la amenaza de ser devueltos a su país, en caso de no cumplir con el trabajo.

 

A pesar de las investigaciones adelantadas por las entidades de protección locales, las acciones de la justicia francesa no fueron suficientes para proteger los derechos de estas personas.

 

En la sentencia, el Tribunal reiteró que la prohibición del trabajo forzado es uno de los valores básicos de las sociedades democráticas. La obligación de combatir esa conducta, agregó, no admite excepciones, ni siquiera en caso de guerra o emergencia pública.

 

Por otra parte, recordó que trabajo forzado es todo aquel que es requerido “bajo la amenaza de una pena cualquiera” y que es realizado contra la voluntad de la persona.

 

De acuerdo con los artículos 43 y 44 de la Convención, la sentencia no es definitiva. Durante los tres meses siguientes a su entrega, cualquiera de las partes podrá solicitar que el asunto se remita a la Gran Sala del Tribunal.

 

(Tribunal Europeo de Derechos Humanos, Sentencia del 11 de octubre del 20120, ECHR 374)

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