Minsalud presenta medidas de bioseguridad para mitigar y evitar propagación del coronavirus
Los gobernadores y alcaldes estarán sujetos a los protocolos que expida esta cartera, precisa el Decreto 539
13 de Abril de 2020
Durante el término de la emergencia sanitaria con ocasión del coronavirus (covid-19), el Ministerio de Salud y Protección Social (Minsalud) será la entidad encargada de determinar y expedir los protocolos que sobre bioseguridad se requieran para todas las actividades económicas y sociales, con el fin de mitigar, controlar y evitar la propagación de la pandemia.
Así lo precisó esta cartera al proferir el Decreto 539, con el cual se adoptan medidas de bioseguridad para mitigar, evitar la propagación y realizar el adecuado manejo de la pandemia. (Lea: Estas son las medidas adoptadas por otras entidades del Estado ante emergencia por coronavirus)
Esta norma asegura que durante este lapso los gobernadores y alcaldes estarán sujetos a los protocolos que sobre bioseguridad expida el Minsalud, en virtud de la facultad otorgada.
También, la secretaría municipal o distrital o la entidad que haga sus veces, que corresponda a la actividad económica, social o al sector de la administración pública del protocolo que ha de ser implementado, vigilará el cumplimiento de lo ordenado. (Lea: Estas entidades modifican sus horarios y adoptan medidas ante emergencia por coronavirus)
Ministerio de Salud y Protección Social, Decreto 539, Abr. 13/20.
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