La separación del cargo de notario por ejercer el cargo con fundamento en una certificación apócrifa no es una sanción disciplinaria (10:12 a.m.)
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11 de Enero de 2011
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La Corte Constitucional declaró exequible el artículo 143 del Decreto 960 de 1970 (Estatuto de Notariado), en el que se establece la potestad para que el nominador del cargo de notario pueda separarlo del mismo por haberlo ejercido con fundamento en certificación o declaración manifiestamente apócrifa. A juicio de la corte, esta actuación administrativa no es una sanción disciplinaria, pues no está condicionada a la existencia de un proceso disciplinario y tiene un carácter preventivo y no represor. Además, la medida busca proteger la guarda de la fe pública que implica la función notarial. La corporación aclaró que el carácter apócrifo de la certificación o declaración debe ser manifiesto y que la separación del cargo puede ser controvertida a través de la revocatoria directa (M.P. Gabriel Eduardo Mendoza Martelo).
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