Juntas de acción comunal y asociaciones de padres podrán operar el PAE
09 de Junio de 2023
El Decreto 846 permitirá que las asociaciones de padres de familia o las juntas de acción comunal operen el Programa de Alimentación Escolar (PAE) en su área de influencia.
La normativa enfatiza que las entidades territoriales certificadas en educación (ETC) deben realizar la planeación del PAE con la suficiente anticipación, garantizando la prestación del servicio desde el primer día y sin interrupciones durante todo el calendario escolar.
Para tal fin, la Unidad de Alimentos para Aprender (UApA) define un valor de referencia de los recursos que le asignará a la ETC desde el presupuesto general de la Nación, lo que le permitirá hacer toda la proyección del año siguiente.
Cabe aclarar que la autorización para transferir recursos a los fondos de servicios educativos para la prestación del servicio de alimentación escolar no lo exime de cumplir con las normas presupuestales, contables y de tesorería aplicables. En consecuencia, las asociaciones de padres de familia y las juntas de acción comunal que presten el servicio deberán estar formalizadas y bancarizadas.
Opina, Comenta