Implementan medidas para garantizar el servicio público de distribución de combustibles y biocombustibles
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20 de Mayo de 2021
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Con el objetivo de garantizar la continuidad y seguridad del abastecimiento de combustibles líquidos derivados del petróleo, biocombustibles y de sus mezclas, el Ministerio de Minas fijó como esquemas de atención temporal de la demanda de combustibles el almacenamiento y/o distribución en instalaciones móviles o fijas que se ubiquen en infraestructura que cumpla con las condiciones operativas, administrativas y/o regulatorias que determine la Dirección de Hidrocarburos de la cartera. La instancia determinará la forma en la que se desarrollará el almacenamiento y/o la distribución en cada caso particular, señalando las condiciones operativas, administrativas y regulatorias que considere necesarias, con el fin de garantizar la seguridad de las personas, los bienes y del funcionamiento de la cadena de distribución, suministro y abastecimiento de esos productos. La distribución en dichas instalaciones no dará lugar a la inclusión de un componente o valor adicional dentro de la estructura de precios de los combustibles. La nueva resolución rige a partir de su publicación en el Diario Oficial y estará vigente hasta el 30 de junio del 2021.
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