Hacen precisiones sobre validación de acreditación de centros de diagnóstico automotor y de centros de reconocimiento de conductores (4:05 p.m.)
29 de Abril de 2016
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Nota:
106864
Con el objeto de garantizar el cumplimiento de las obligaciones legales de los Organismos de Apoyo al Tránsito que requieren de acreditación por parte del Organismo Nacional de Acreditación (ONAC), a partir de la fecha, para la expedición de los certificados de revisión tecnicomecánica y de aptitud física, mental y de coordinación motriz para la conducción de vehículos, la Superintendencia de Puertos y Transporte indicó que realizará la validación de la vigencia de la acreditación, teniendo en cuenta las consideraciones normativas. Igualmente, indicó que, de manera general, el papel de la acreditación dentro del Sistema Nacional de la Calidad es el de dar confianza a los resultados de la evaluación de la conformidad respecto del cumplimiento de normas técnicas o reglamentos técnicos, con base en los procedimientos globalmente aceptados. Con el objeto de dar estricto cumplimiento a las normas, a partir de la fecha se establecerá la validación del estado de la acreditación de los centros de diagnóstico automotor y de los centros de reconocimiento de conductores ante el ONAC, de tal forma que solo cuando su estado de acreditación esté vigente podrán desarrollar su actividad. Lo anterior sin perjuicio de las medidas y sanciones que las normas y reglamentos del transporte determinen en cuanto a la pérdida temporal o permanente de las condiciones que dieron origen a la autorización para operar.
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