Gestión de productos cárnicos no aptos para consumo humano no es competencia de la Superservicios
29 de Septiembre de 2021
La carne de un animal muerto entra en un rápido proceso de descomposición, a menos que se realice un manejo adecuado de cadena de frío. Si esto no ocurre, la carne es descompuesta por los microorganismos que actúan para degradarla, convirtiéndose en residuo orgánico biodegradable, los cuales no están definidos en el marco regulatorio de los servicios públicos domiciliarios.
Ahora bien, el riesgo a la inocuidad de los alimentos está definido como la probabilidad de que exista un peligro biológico, químico o físico que ocasione que el alimento no sea inocuo, lo que significa que si un residuo animal no cuenta con las características necesarias para su consumo podría presentar un riesgo o peligro biológico.
En este evento, corresponde al generador responsable de los residuos contar con un gestor de residuos peligrosos autorizado que realice la recolección, transporte y destrucción y/o disposición final de la carne en descomposición, sin que se produzcan efectos negativos al ambiente.
El Ministerio de Salud y el Invima deben determinar el destino final que se debe dar a los productos cárnicos no aptos para consumo humano, mientras que las autoridades ambientales deben otorgar los permisos a que haya lugar, además de ejercer las funciones de inspección, vigilancia y control de la gestión externa, de manera que la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios carece de competencia para pronunciarse sobre la materia.
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