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Funciones del cargo son las que determinan si es de libre nombramiento (3:38 p.m.)

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09 de Junio de 2015

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Así lo indicó el Consejo de Estado, al precisar que labores de cumplimiento de funciones directivas, de orientación y conducción institucional requieren un nivel de confianza que autorizan al nominador a acudir a esa modalidad de contratación. Recordó que así lo exige el artículo 5º de la Ley 909 del 2004, de acuerdo al cumplimiento de uno de los criterios que se exponen en el numeral 2º. Esto llevó a la Sala a concluir que a pesar de la homologación a profesional especializado del cargo creado en los centros de administración local integrada (CALI), establecido por la Alcaldía de Cali, este podía ser de libre nombramiento y remoción; lo anterior debido a que le eran propias labores de formulación de políticas institucionales, adopción de planes, programas y proyectos, administración mediante acciones de planificación, entre otras (C. P. Alfonso Vargas Rincón).

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