Solo ante situación extrema habrá llamado obligatorio al talento humano para prestar servicios de salud
24 de Abril de 2020
El ministro de Salud, Fernando Ruiz, se refirió ayer al polémico artículo 9 del Decreto 538, con el cual el Gobierno hizo un llamado obligatorio a todo el talento humano en salud en ejercicio o formación para estar preparado y disponible para ser llamado a prestar sus servicios ante la emergencia por el coronavirus.
Al respecto, el funcionario indicó que, luego de escuchar las solicitudes de todo el gremio de la salud, el Ejecutivo tomó la decisión de modificar dicha disposición. (Lea: Regulan telesalud e incluyen al covid-19 como enfermedad laboral para trabajadores de la salud)
"Recibimos los comentarios de las asociaciones, tuvimos la capacidad de reflexionar y expedimos la Resolución 628”, explicó Ruiz.
Con la nueva norma, dicha obligatoriedad se lleva hacia una situación extrema y define una serie de esquemas voluntarios, de notificación y de llamado. Todo, agregó el ministro, de acuerdo a lo que pidieron las agremiaciones de la salud.
Recursos de las reservas técnicas
Por otra parte, el titular de la cartera dijo que las reservas técnicas son las provisiones que tienen las EPS para atender el riesgo futuro en salud de la población afiliada, recursos que podrán ser utilizados durante la emergencia sanitaria en el país.
"Tenemos unas IPS que han venido sufriendo porque al estar todos en aislamiento preventivo han dejado de tener demanda de servicios. Esto tiene un efecto importante para utilizar la capacidad instalada en pacientes con covid-19, pero dejan de recibir ingresos en otros aspectos. Por esa razón firmamos un decreto bajo el cual se pueden utilizar las reservas técnicas", precisó el ministro.
Se trata de $ 1.7 billones, los cuales se destinarán al pago de deudas con hospitales y proveedores por concepto de servicios y tecnologías incluidos en el plan de beneficios.
Las EPS distribuirán el monto de las reservas técnicas de manera equitativa entre el mayor número de prestadores y proveedores posible. "No pueden distribuirlos entre sus propias empresas y estaremos haciendo seguimiento con la Superintendencia de Salud", agregó el ministro.
Una vez salga la norma en el Diario Oficial, las EPS tienen 20 días para establecer su plan de compra de cartera, definir a cuáles IPS y posteriormente cinco días para notificar a la Superintendencia de Salud.
Minsalud, Comunicado, Abr. 23/20.
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