Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)


Regularían tarifas para generación de energía solar en zonas no interconectadas

El objetivo de este proyecto sería promover una transición hacia energías más limpias y sostenibles, asegurando la transparencia en la fijación de tarifas.
192831

26 de Junio de 2024

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

Haz completado el límite de noticias
Suscríbete y continua la experiencia Legis

La Comisión de Regulación de Energía y Gas (Creg) dio a conocer un proyecto de resolución que regularía los cargos por generación de energía eléctrica para recursos solares fotovoltaicos en zonas no interconectadas. Según el documento, esta medida sería aplicable a todas las entidades bajo el marco de la Ley 142 de 1994, la cual establece fórmulas específicas para determinar los costos transitorios de generación de energía tanto para recursos solares fotovoltaicos con alimentación directa a red como para acumulación solar fotovoltaica.

El objetivo de este proyecto sería promover una transición hacia energías más limpias y sostenibles, asegurando la transparencia en la fijación de tarifas. Además, beneficiaría a aquellos proveedores de servicios eléctricos que aún no cuentan con tarifas vigentes para este tipo de recursos energéticos en mercados relevantes de comercialización. (Lea: Gobierno da a conocer ruta para la reducción de la tarifa de energía)

De ser aprobado este proyecto, los prestadores del servicio de energía eléctrica estarían en la obligación de hacer públicas mensualmente las tarifas de manera accesible y comprensible para los usuarios, a través de medios de comunicación de amplia divulgación.

Gracias por leernos. Si le gusta estar informado, suscríbase y acceda a todas nuestras noticias, con los datos identificadores y documentos sin límite.

Paute en Ámbito Jurídico

Siga nuestro canal en WhatsApp.

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)