Minhacienda modifica criterios sobre vinculados a establecimientos de crédito
13 de Noviembre de 2024
El Ministerio de Hacienda hizo cambios al Decreto 2555 del 2010 en lo relacionado con la regulación de los establecimientos de crédito en Colombia. Este nuevo marco normativo tiene como objetivo principal definir criterios claros para determinar la calidad de los vinculados a estas entidades, así como establecer mecanismos que faciliten la identificación y gestión de las transacciones realizadas con ellos.
Una de las principales características de la norma es la ampliación del periodo de transición, que se extiende hasta 60 meses. Este plazo permitirá a las entidades financieras adaptarse a las nuevas disposiciones y cumplir con los requisitos establecidos. La medida responde a la necesidad de garantizar que los establecimientos de crédito puedan implementar adecuadamente los cambios normativos sin afectar su operatividad. (Lea: Valores de la UVR entre noviembre y diciembre del 2024)
Además, enfatiza la importancia de la identificación y cuantificación de las transacciones y exposiciones con los vinculados. Las entidades deberán implementar sistemas de control que permitan monitorear y reportar de manera continua estas operaciones. Esto incluye la obligación de presentar informes detallados sobre situaciones de conflictos de interés que puedan surgir, asegurando así una gestión más efectiva de los riesgos asociados.
El nuevo marco normativo también establece que las políticas internas de los establecimientos de crédito deben incluir mecanismos para la revelación y administración de conflictos de interés. Esto implica que, en caso de que un conflicto surja, las personas involucradas deberán abstenerse de participar en las decisiones relacionadas y proporcionar información completa y transparente. De esta forma, se busca prevenir situaciones que puedan comprometer la integridad del sistema financiero.
Por otro lado, el nuevo decreto aclara que ciertos fondos y entidades no serán considerados vinculados a los establecimientos de crédito, siempre que cumplan con criterios específicos establecidos por la Superintendencia Financiera de Colombia. Esta disposición busca evitar confusiones y asegurar que las regulaciones se apliquen de manera adecuada a las entidades pertinentes.
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