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General


Facturas de servicios públicos sin pago prescriben en cinco años

El término de prescripción es el mismo de la acción ejecutiva, previsto en el artículo 2536 del Código Civil.
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06 de Diciembre de 2016

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Sala Edición 5 - Imagen Principal

 

Las facturas de servicios públicos domiciliarios son títulos ejecutivos que, según el artículo 422 del Código General del Proceso, contienen obligaciones claras, expresas y exigibles, por lo que pueden ser cobradas y su pago obtenerse mediante un proceso ejecutivo ante la jurisdicción ordinaria o por la vía de la jurisdicción coactiva.

 

Al ser un título ejecutivo, tienen un término de prescripción de cinco años, toda vez que se les aplica el mismo de la acción ejecutiva previsto en el artículo 2536 del Código Civil.

 

La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios aclaró que no es competente para iniciar procesos y ejecutar facturas de servicios públicos sin pago, los cuales son iniciados por los prestadores directamente ante la jurisdicción ordinaria o por medio de jurisdicción coactiva.  

 

Superservicios, Concepto 788, 10/10/16

 

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