Fijan mecanismo de reporte para verificar entrega de la carta de derechos y deberes del afiliado y la carta de desempeño de la EPS (4:00 p.m.)
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05 de Mayo de 2015
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Las entidades promotoras de salud (EPS) deben reportar al Ministerio de Salud los archivos con la información sobre la entrega de la carta de derechos y deberes del afiliado y la carta de desempeño de la EPS, de acuerdo con las especificaciones técnicas definidas en el anexo 1 de la Resolución 1379. La norma define la estructura y especificación de los archivos, características de los mismos, plataforma para el envío y periodo de reporte. Entonces, la periodicidad de envío de esta información es trimestral y se hará dentro del mes siguiente al tiempo de información reportado, así el primer envío se deberá realizar en julio de este año, corte abril-junio. Así quedo determinado en la Resolución 1379 expedida el pasado 28 de abril.
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