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Factores de riesgo para la salud humana podrían limitar el ingreso de animales domésticos a lugares públicos (2:29 p.m)

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01 de Junio de 2017

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El ingreso o permanencia de animales domésticos o mascotas se sujeta a la reglamentación interna correspondiente, según se trate de lugares públicos, abiertos al público o edificaciones públicas, la cual fijará parámetros básicos de convivencia. Así las cosas, indicó el Ministerio de Salud, la regla general consiste en permitir su ingreso, salvo que existan circunstancias extraordinarias que lo limiten, como sería el caso de mascotas de raza peligrosa o con comportamientos agresivos o por el estado de salud e higiene que afecte la salud pública, como lo señala expresamente el artículo 117 de la Ley 1801 del 2016 (Código de Policía). Casos en los que la presencia de estos animales podría generar factores de riesgo para la salud humana serían aquellos sitios donde se elaboren, fabriquen o comercialicen alimentos. 

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