23 de Julio de 2024 /
Actualizado hace 8 horas | ISSN: 2805-6396

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Extra Esta es la reglamentación a la justicia penal militar que plantea Mindefensa (8:00 a.m.)

20 de Marzo de 2013

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Nota:
87328
Ante el Senado se presentó el proyecto de ley estatutaria que pretende reglamentar la reciente reforma constitucional a la justicia penal militar, hecha mediante el Acto Legislativo 02/12. La iniciativa, de 98 artículos, define como grupo armado al que use la violencia contra la fuerza pública, la población civil o bienes civiles, siempre y cuando su intensidad supere la que suponen los disturbios y tensiones interiores. Además, deberá tener una organización y un mando que ejerza liderazgo sobre sus miembros. Por otra parte, el derecho internacional humanitario será aplicado a la investigación, acusación y juzgamiento de conductas de la fuerza pública cuando ocurran en un contexto de hostilidades. Es decir, un ataque contra un grupo armado, cuando el sujeto pasivo de la conducta sea un blanco legítimo, cuando el miembro de las Fuerzas Armadas tenga la convicción de que el sujeto pasivo es un blanco legítimo o si la conducta ocurre durante el planeamiento, preparación, ejecución o procedimientos inmediatamente posteriores a la realización de una operación.

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