Explotación minera basada en un contrato sin registro o autorización del titular es ilícita (2:38 p.m.)
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20 de Diciembre de 2012
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De acuerdo con lo previsto en el artículo 159 de la Ley 685 del 2001, el delito de exploración y explotación ilícita de minerales se configura cuando se realizan trabajos de exploración, extracción o captación de minerales de propiedad privada o pública sin el correspondiente título minero vigente o sin la autorización del titular. En el caso de la cesión del contrato, se continuará con las mismas actividades que venía ejecutando el cedente solo hasta que esté inscrito en el registro minero. De lo contrario, se configuraría el delito.
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