Expiden nueva reglamentación para auxiliares de justicia en procesos de reorganización empresarial
21 de Noviembre de 2023
La presente resolución tiene por objetivo expedir la reglamentación completa y única en materia de auxiliares de la justicia, que se desempeñen en los procesos de reorganización empresarial, liquidación e intervención judicial, para regular el desarrollo del encargo en lo concerniente a:
i) Los términos y condiciones de los formatos electrónicos y el sistema automatizado y el aviso de privacidad.
ii) Los documentos y medios idóneos para acreditar experiencia específica. (Lea: Modifican disposiciones en materia de insolvencia en las intendencias regionales de la Supersociedades).
iii) Los sectores en los cuales los aspirantes y auxiliares de la justicia pueden acreditar experiencia específica.
iv) La reglamentación de criterios de puntuación y selección de auxiliares de la justicia por parte del Comité de Selección de Especialistas de conformidad con el prelistado arrojado por el sistema automatizado de selección.
v) La adopción del manual de ética, entre otros.
La presente normativa aplica para las siguientes personas:
i) Las personas naturales o jurídicas que aspiren a ser inscritas en la lista de auxiliares de la justicia elaborada y administrada por la Superintendencia de Sociedades.
ii) Las personas naturales o jurídicas que estén inscritas en la lista de auxiliares de la justicia elaborada y administrada por la Superintendencia de Sociedades.
iii) Cualquier persona natural que haya sido incluida en la lista y seleccionada en virtud del mecanismo excepcional contenido en el artículo 2.2.2.11.3.7 del Decreto Único Reglamentario 1074 del 2015, para actuar como promotor, liquidador o agente interventor en procesos de reorganización empresarial, liquidación judicial e intervención, en lo que corresponda.
iv) Las personas naturales asociadas a las personas jurídicas que aspiren o sean inscritas en la lista de auxiliares de la justicia creada y administrada por la Superintendencia de Sociedades.
v) Los representantes legales de entidades en proceso de reorganización o las personas naturales que tramiten el mismo proceso, a quienes se les asignen las funciones de promotor al amparo del artículo 35 de la Ley 1429 de 2010, en lo que corresponda.
Para conocer toda la reglamentación completa, lo invitamos a descargar el documento.
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