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Exequible el 50 % del margen de comercialización de las regalías para el Gobierno (3:35 p.m.)

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20 de Febrero de 2013

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La Corte Constitucional declaró exequible la distribución del margen de comercialización de las regalías prevista en el artículo 16 del Decreto 4923 del 2011, subrogado por el mismo artículo de la Ley 1530 del 2012. La norma prevé que al Ejecutivo le corresponde la mitad de los recursos que se generen a partir de la diferencia entre los precios bases de liquidación y los de comercialización de las regalías pagadas en especie. A juicio del alto tribunal, la calidad de regalía o el margen de comercialización no es un aspecto deducible de la Constitución, es decir, nuestra Carta Política no determina si la diferencia entre el valor de las regalías pagadas en especie y el valor que alcanzan cuando son comercializadas es regalía o no. La sala concluyó que es facultad del legislador configurar los elementos que ayuden a definir el concepto de regalía. Los magistrados Jorge Iván Palacio, Jorge Pretelt y María Victoria Calle salvaron su voto (M.P. Alexei Julio Estrada).

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