Excluyen a abogada de la profesión por no entregar todo el dinero de indemnización
13 de Septiembre de 2022
La Comisión Nacional de Disciplina Judicial (CNDJ) conoció en grado de consulta una sentencia mediante la cual sancionaron a una abogada con exclusión en el ejercicio de la profesión.
La Sala recordó que dentro las conductas que constituyen faltas a la honradez del abogado se encuentra “no entregar a quien corresponda y a la menor brevedad posible dineros, bienes o documentos recibidos en virtud de la gestión profesional, o demorar la comunicación de este recibo”.
El alto tribunal corroboró que se declaró administrativamente responsable al Hospital Militar Central por la muerte de un soldado, motivo por el cual se condenó a esa entidad a pagar sumas de dinero por concepto de indemnización de perjuicios materiales a los demandantes, dinero que fue entregado a la disciplinada.
Con base en las pruebas del expediente, la apoderada no entregó en su totalidad el dinero reconocido a sus clientes por la indemnización.
La CNDJ manifestó que esta conducta es de carácter doloso, ya que la abogada tenía pleno conocimiento del pago realizado a su cuenta bancaria por la entidad condenada y decidió no entregarlo a sus clientes de forma total. Se confirmó así la sanción de exclusión en el ejercicio de la profesión impuesta a la jurista (M. P. Alfonso Cajiao Cabrera).
Opina, Comenta