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Estos serían los parámetros para la fijación matrículas, pensiones y otros cobros educativos

10 de Octubre de 2022

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Nota:
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El ministro de Educación, Alejandro Gaviria, publicó los parámetros con los que se fijarían las tarifas de matrícula, pensión y cobros periódicos del servicio de educación preescolar, básica y media prestado por establecimientos educativos de carácter privado, para el año escolar 2023.

De acuerdo con el proyecto de norma, para la autoevaluación institucional ahora se deberá adoptar la versión 10 del manual de autoevaluación y clasificación de establecimientos educativos privados, el cual fue actualizado durante este 2022, y es de obligatoria aplicación mediante el sistema de información EVI para la fijación de tarifas, las instituciones privadas deberán tener en cuenta las siguientes variables:

  1. El régimen de matrícula y pensiones en el que se encuentre clasificado el establecimiento educativo, según lo dispuesto en el Decreto 1075/15, y la clasificación en el régimen de libertad regulada por acreditación o certificación de los artículos 2.3.2.2.3.6 y 2.3.2.2.3.7.
  2. El índice de precios al consumidor (IPC) anual que para corte de agosto del 2022 quedó en 10,84 %, según datos del DANE.
  3. El porcentaje autorizado para la implementación de estrategias de educación inclusiva y del Decreto 1421/17, establecido en 0,25 %.

Incremento anual de tarifas en el régimen de libertad regulada

Los establecimientos educativos de carácter privado que no cuenten con certificación o acreditación de alta calidad y que se clasifiquen en el régimen de libertad regulada fijarán la tarifa anual para el año académico que inicia en la vigencia 2023, de conformidad con lo siguiente:

  1. El incremento no podrá superar el IPC anual, con corte de agosto deL 2022, respecto a la tarifa autorizada en el año anterior.
  2. A dicho valor le podrá sumar el 0,25 %, correspondiente a la aplicación del manual de autoevaluación y un 0,25 % adicional por incentivar la implementación de educación inclusiva.

 

Incremento anual de tarifas en el régimen controlado

 

La tarifa para todos los grados ofrecidos por un establecimiento educativo o jornada de carácter privado clasificado en el régimen controlado se fijará teniendo en cuenta, como máximo, los siguientes porcentajes:

  1. Incremento hasta del 1,84 % correspondiente al IPC anual, con corte a agosto del 2022.
  2. Incremento del 0,25 % adicional para incentivar la implementación de estrategias de educación inclusiva y del Decreto 1421/17.

El documento también señala que, en cuanto al no pago oportuno de los valores de la matrícula o pensiones, el establecimiento de educación privada podrán retener los informes de evaluación de los estudiantes a menos que el responsable de dicho pago pueda demostrar la imposibilidad del pago por justa causa, aclarando que en ningún caso podrán impedir a los estudiantes participar en el proceso educativo.

Tras expedirse esta normativa, se deroga lo contemplado en la Resolución 19770/21.

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