Este es el IBC para los créditos ordinario y de bajo monto
28 de Septiembre de 2023
La Superintendencia Financiera expidió la Resolución 1520 del 2023, que establece el interés bancario corriente (IBC) para los créditos de consumo y ordinario y de consumo de bajo monto. Además, la normativa amplía la vigencia para las certificaciones de las modalidades de crédito productivo de mayor monto, crédito productivo rural, crédito productivo urbano, crédito popular productivo rural y crédito popular productivo urbano.
Según el documento, el IBC para el mes de octubre será del 26,53 % efectivo anual (E. A.) para la modalidad de crédito de consumo y ordinario. (Lea: Extienden plazo de mora aplicable para que un crédito de consumo sea clasificado como reestructurado).
Respecto al interés bancario corriente para la modalidad de crédito de consumo de bajo monto quedó en 38.76 % E. A.
La tasa certificada para la modalidad de crédito de consumo de bajo monto regirá para el periodo comprendido entre el 1º de octubre del 2023 y el 30 de septiembre del 2024.
Así mismo, la Superfinanciera extendió la vigencia de la certificación del IBC para la modalidad crédito productivo de mayor monto correspondiente al 27,11 % E. A., la cual regirá hasta el 31 de diciembre del 2023.
Para la modalidad de crédito productivo rural correspondiente al 31,19 % E. A. se extendió la vigencia hasta el 31 de diciembre del 2023. Igualmente, para la modalidad de crédito productivo urbano correspondiente al 31,19 % también irá hasta esta fecha.
La certificación del interés bancario corriente para la modalidad de crédito popular productivo rural correspondiente al 35,26 % E. A. y la certificación del IBC para la modalidad de crédito popular productivo urbano correspondiente al 35,26 % E. A. también tendrán una vigencia hasta el 31 de diciembre del 2023.
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