Establecer por ley los principios de evaluación de la educación superior no vulnera la autonomía universitaria (1:35 p.m.)
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15 de Septiembre de 2010
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Los artículos 1 al 7 de la Ley 1324 del 2009, que fijó los parámetros y criterios para evaluar la calidad de la educación, no vulneran la reserva de ley en relación con la autonomía universitaria ni exceden el ámbito propio de la facultad de inspección y vigilancia otorgada al Gobierno Nacional, sino que establecen el marco general al cual deberá someterse el Ejecutivo para poner en marcha el sistema de evaluación de resultados de la calidad de la educación, con el fin de velar por su calidad y por el cumplimiento de sus fines. Así lo señaló la Corte Constitucional al declarar exequibles dichos apartes normativos. A juicio de la sala, establecer estándares mínimos de calidad de los programas de formación y criterios para su evaluación no hace parte integral de la potestad que la Constitución ha reconocido a los establecimientos de educación superior para establecer sus planes de estudio y los métodos y sistemas de investigación, en virtud del principio de autonomía universitaria (M. P. María Victoria Calle).
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