Establecen tarifas diferenciales para el pago de la contribución especial de vigilancia que debe pagarse a Supertransporte
09 de Diciembre de 2020
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Nota:
119752
La Superintendencia de Puertos y Transporte fijó las siguientes tarifas diferenciales de la contribución especial de vigilancia para la vigencia fiscal 2020 que deben pagar las entidades bajo su control, de acuerdo con el tipo de vigilancia que se ejerza: (i) integral, el 0.1298 % de los ingresos brutos percibidos en la vigencia 2019, derivados de las actividades de tránsito, transporte, conexas y complementarias; (ii) objetiva, el 0.0753 % de los ingresos brutos percibidos en la vigencia 2019, derivados de las actividades ya mencionadas y (iii) subjetiva, el 0.0753 % de los ingresos brutos percibidos en la vigencia 2019. El pago de la contribución se hará en dos cuotas. El plazo, forma y medio para el reporte de los ingresos se determinó en la Resolución 6299 del 2020, modificada por las resoluciones 6455 y 7700 del 2020.
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