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Es necesario individualizar todos los actos administrativos que suponen la violación de un derecho para restablecerlo: Consejo de Estado (11:35 a.m.)

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10 de Enero de 2013

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El Consejo de Estado recordó que para restablecer un derecho a través de la jurisdicción contenciosa es necesario individualizar todos los actos administrativos que suponen la vulneración alegada. Así lo determinó la Sección Segunda al identificar el artículo 138 del Código Contencioso Administrativo como hoja de ruta para que el demandante exponga en debida forma cuáles son las decisiones administrativas que, a su juicio, desconocen las garantías a las que tiene derecho. Con este argumento, el Consejo de Estado sometió a estudio una demanda a través de la cual una funcionaria de la Subdirección de alimentos y bebidas alcohólicas del Invima pretendía su reintegro. A pesar de que la sala encontró acertado demandar la resolución inicial que supuso su salida tanto como la que la confirmó, precisó que se trataba de un cargo de libre nombramiento y remoción y que, por tanto, no había lugar a conceder la acción de nulidad (C. P. Gerardo Arenas Monsalve).

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