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Actualizado hace 20 horas | ISSN: 2805-6396

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En casos de expropiación, la indemnización no comprende daño moral (3:58 p.m.)

27 de Abril de 2015

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Nota:
100904
Así lo sostuvo el Consejo de estado, trayendo a colación lo establecido por la Corte Constitucional en la Sentencia C-1074 del 2002. En estos casos, dijo, procede la inclusión del daño emergente que, de acuerdo con el artículo 62 (numeral 6º) de la Ley 388 de 1997, equivale al valor del inmueble establecido por el avalúo comercial. Para cumplir con el cometido de concretar un valor resarcitorio acorde al valor del inmueble expropiado, el artículo 24 del Decreto 1420 de 1998 establece la necesidad de atender a los parámetros de dicho acto administrativo, fijados en el artículo 21 (numeral 6º).

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