12 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 46 seconds | ISSN: 2805-6396

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Emisoras comunitarias podrán hacer publicidad y propaganda electoral

04 de Septiembre de 2023

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Mintic publicó la Circular 020, la cual va dirigida a los concesionarios del servicio de radiodifusión sonora comunitaria sobre el proselitismo, publicidad política y propaganda electoral. 

La circular expresa que las emisoras comunitarias y étnicas podrán hacer publicidad política sin caer en el proselitismo.  Además, deben de cumplir con todas las normas y requisitos que se plantean en este documento:  

i) Garantizar en su programación la participación pluralista y democrática de todos los partidos y movimientos políticos, el equilibrio informativo y la veracidad. Proporcionando así un debate democrático en aras de una competitividad política pacífica. (LeaDefensoría solicitó a la CIDH medidas para proteger a servidores públicos y candidatos políticos). 

ii) Cumplir con la finalidad de la prestación del servicio de radio comunitaria respecto a que su programación deberá estar orientada a generar espacios de expresión, información, educación, comunicación, promoción cultural, formación y debate que satisfaga los intereses de la comunidad que representa. 

iii) Las emisoras comunitarias y étnicas deberán acatar las disposiciones que en materia de propaganda y publicidad haya definido el Concejo Nacional Electoral, dentro de las que se destacan el cumplimiento del número máximo de cuñas radiales que pueden hacer uso los partidos y movimientos políticos. Esto para garantizar el acceso equitativo a espacios en los medios de comunicación y propaganda electoral. 

Cabe recordar que el proselitismo es entendido jurisprudencialmente como la actividad tendiente a ganar adeptos o partidarios para una facción, parcialidad o doctrina, la cual está prohibido en la programación de las emisoras comunitarias y étnicas. 

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