La esencia de la homologación y convalidación de títulos es que los estudios correspondientes hayan sido cursados en el exterior (10:50 a.m.)
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09 de Junio de 2010
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El Consejo de Estado recordó que la esencia de la homologación y convalidación de títulos consiste en que los estudios correspondientes hayan sido cursados en el exterior, pues así lo consagra el artículo 38 de la Ley 30 de 1992. El consejo explicó que esta exigencia responde al interés general que es inherente a toda formación académica formal, dado que usualmente corresponde a actividades profesionales que inciden en la atención de las necesidades sociales, y que, por lo mismo, están sujetas a la inspección y vigilancia del Estado para garantizar la idoneidad en su ejercicio. De esta forma, el alto tribunal declaró nula una resolución que resolvió favorablemente la solicitud de convalidación de un título de máster, pues el tiempo de las salidas registradas al país extranjero no alcanzaba para demostrar el cumplimiento de la intensidad horaria (C.P. Rafael Enrique Ostau De Lafont Pianeta).
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